La reforma al amparo: lo que está en juego
Por Eduardo Avalos González, Dr. h.c.
El 2 de octubre de 2025, el Senado de la República aprobó en lo general la reforma a la Ley de Amparo con 76 votos a favor y 39 en contra. No se trata de un cambio menor: hablamos del instrumento que, desde hace más de un siglo, ha sido el escudo del ciudadano frente a la arbitrariedad del poder.
Se ha dicho que la reforma busca modernizar y agilizar procedimientos. En efecto, la incorporación de un modelo digital de amparo, la fijación de plazos más claros y la intención de evitar dilaciones son pasos que en el papel suenan positivos. Nadie duda que un amparo tardío es casi tan injusto como no tenerlo.
Pero la verdadera preocupación no está en lo que promete modernizar, sino en lo que podría recortar. El dictamen aprobado limita la suspensión del acto reclamado, ampliando los casos en los que un juez puede negarla. Esto significa que un ciudadano podría ver ejecutado un embargo, la clausura de su negocio o el bloqueo de sus cuentas sin contar con la protección inmediata del amparo.
El interés legítimo también se redefine, pues ahora se exige acreditar una afectación real, actual y diferenciada. En la práctica, esta exigencia complicaría que colectivos o comunidades recurran al amparo para la defensa de causas sociales o ambientales.
Otro cambio que genera inquietud es el relativo al cumplimiento de sentencias: diversos críticos han señalado que la autoridad podría alegar “imposibilidad” jurídica o material para no acatar un fallo. Además, se ha advertido que las sanciones tenderían a recaer en la institución más que en el funcionario responsable. Dicho de otro modo, el costo del desacato podría terminar pagándose con recursos públicos, no con la responsabilidad personal del servidor.
A esto se suma el plazo de 90 días para dictar sentencia en el amparo indirecto. La intención es dar rapidez, pero existe el riesgo de que esa presión derive en resoluciones poco meditadas en asuntos complejos.
El balance, entonces, es dual: se gana en agilidad formal, pero se corre el riesgo de perder en garantías sustanciales. Se viste al amparo con ropaje digital, pero se le recorta parte de su capacidad de protección.
Conviene subrayar que este proceso aún no ha terminado. Lo aprobado por el Senado fue en lo general, y ahora la reforma pasará a discusión en lo particular y después a la Cámara de Diputados. El desenlace definirá si estamos frente a una modernización responsable o ante un retroceso que dejará al ciudadano más vulnerable frente al poder del Estado.
El amparo no nació para servir a la eficiencia administrativa, sino para proteger derechos. Y si la reforma reduce ese alcance, el resultado no será justicia moderna, sino un desamparo revestido de legalidad.


La reforma al amparo representa un riesgo más que un avance. Aunque busca agilizar procesos y digitalizar el sistema, limita la suspensión del acto reclamado y endurece los requisitos para acreditar el interés legítimo, lo que podría dejar a muchos ciudadanos y colectivos sin protección efectiva. Además, permitir que las autoridades evadan responsabilidades bajo el argumento de “imposibilidad” debilita la esencia del amparo. Modernizar no debe significar recortar derechos: si esta reforma prioriza la rapidez sobre la justicia, México pasará de tener un escudo ciudadano a un sistema que legitime el desamparo.
el Senado fue en lo general, y ahora la reforma pasará a discusión en lo particular y después a la Cámara de Diputados