Patria potestad, guarda y custodia: ¿por qué no son lo mismo?
Por: Lic. Itzel Madera Maturano
Uno de los conceptos que más confusión genera en el derecho familiar es el de patria potestad. Con frecuencia se utiliza como sinónimo de guarda y custodia, cuando en realidad se trata de figuras jurídicas distintas, cada una con una finalidad específica.
Comprender esta diferencia ayuda a evitar malentendidos y permite entender mejor cómo protege la ley a las familias.
La patria potestad es el conjunto de derechos y obligaciones que la ley reconoce a quienes ejercen la responsabilidad parental respecto de sus hijas e hijos menores de edad o que no han alcanzado la plena capacidad jurídica. Su finalidad principal es garantizar su cuidado, protección, educación, formación y desarrollo integral.
La guarda y custodia, por su parte, responde a una pregunta mucho más concreta: ¿con quién vive la niña, niño o adolescente y quién se encarga de su cuidado cotidiano?
Aunque ambas figuras están relacionadas, no significan lo mismo. En la mayoría de los casos, cuando los padres viven juntos, ejercen tanto la patria potestad como la guarda y custodia. Sin embargo, cuando la pareja decide separarse, puede ocurrir que uno de ellos conserve la guarda y custodia sin que el otro pierda la patria potestad.
Esto significa que un padre o una madre puede continuar participando en las decisiones importantes sobre la vida de sus hijos, aun cuando éstos residan habitualmente con el otro progenitor.
La pérdida, suspensión o limitación de la patria potestad no ocurre de manera automática por una separación o un divorcio. Solo puede darse en los casos expresamente previstos por la ley y mediante la resolución de la autoridad competente.
También es importante distinguir estas figuras del régimen de convivencias, que tiene como finalidad favorecer la relación entre las niñas, niños y adolescentes y el progenitor con quien no viven habitualmente, siempre que ello resulte benéfico para su desarrollo.
Estas tres instituciones —patria potestad, guarda y custodia y convivencias— persiguen un mismo objetivo: proteger el desarrollo integral de la infancia. No buscan privilegiar a uno u otro progenitor, sino garantizar que las decisiones respondan al interés superior de la niñez.
Con frecuencia, los conflictos familiares llevan a pensar que el ejercicio de estos derechos pertenece exclusivamente a los adultos. Sin embargo, conviene recordar que todas estas figuras existen para proteger a quienes se encuentran en una etapa de desarrollo y requieren estabilidad, cuidado y acompañamiento.
El derecho familiar ha evolucionado para colocar en el centro a las niñas, niños y adolescentes. Por ello, cada decisión relacionada con su cuidado debe analizarse atendiendo a sus necesidades particulares y no únicamente a las diferencias entre las personas adultas.
Entender estas diferencias permite desterrar muchos mitos y comprender que el derecho familiar no busca dividir a las familias, sino establecer mecanismos que permitan proteger los derechos de todos sus integrantes.Porque conocer la ley también es una forma de cuidar a la familia.
