El interés superior de la niñez: mucho más que un concepto jurídico
Por: Lic. Itzel Madera Maturano
Cuando una familia enfrenta un conflicto, es común que toda la atención se concentre en los problemas de los adultos. ¿Quién tiene la razón? ¿Quién incumplió? ¿Quién debe hacerse cargo? Sin embargo, cuando en ese conflicto hay niñas, niños o adolescentes, la pregunta más importante es otra: ¿qué decisión protege mejor sus derechos?
Esa sencilla pregunta da origen a uno de los principios más importantes del derecho familiar: el interés superior de la niñez.Aunque el término puede parecer complejo, su significado es bastante claro. Toda decisión que involucre a una niña, niño o adolescente debe buscar, por encima de cualquier otra consideración, aquello que favorezca su desarrollo integral y garantice el ejercicio pleno de sus derechos.
Esto no significa que las personas menores de edad siempre obtengan lo que desean, ni que sus derechos anulen los de las personas adultas. Significa, simplemente, que la infancia requiere una protección especial porque se encuentra en una etapa de desarrollo físico, emocional e intelectual que demanda cuidados, estabilidad y seguridad.
En el derecho familiar este principio está presente prácticamente en todos los asuntos. Cuando se determina con quién vivirá un hijo después de una separación, cuando se establece un régimen de convivencias, cuando se fija una pensión alimenticia o incluso cuando se autoriza una adopción, la decisión no debe responder al interés de los adultos, sino al bienestar de quien aún se encuentra en proceso de crecimiento.
Con frecuencia escuchamos frases como: «el juez siempre favorece a la madre» o «el padre tiene los mismos derechos, así que debe decidirse por mitad». La realidad jurídica es distinta. Cada asunto tiene circunstancias propias y ninguna resolución puede construirse a partir de reglas absolutas. Lo que verdaderamente orienta la decisión es identificar qué alternativa ofrece mejores condiciones para el desarrollo de la niña, niño o adolescente involucrado.
Hablar del interés superior de la niñez también implica reconocer que las niñas, niños y adolescentes son personas con derechos. Durante muchos años predominó la idea de que únicamente eran sujetos de protección y que los adultos decidían por ellos en todo momento. Hoy esa visión ha evolucionado. La legislación reconoce su derecho a ser escuchados, a vivir libres de violencia, a recibir educación, salud, alimentación, identidad y a crecer en un entorno que favorezca su desarrollo.
Pero la responsabilidad de proteger esos derechos no corresponde únicamente a las autoridades. También es tarea de las familias, de las escuelas y de la sociedad en general. Cada decisión cotidiana que prioriza el bienestar de la infancia fortalece ese principio.
En ocasiones pensamos que el interés superior de la niñez solo aparece dentro de un juzgado. No es así. También está presente cuando unos padres deciden resolver sus diferencias sin involucrar a sus hijos; cuando se evita hablar mal del otro progenitor frente a ellos; cuando se cumple oportunamente con las obligaciones alimentarias o cuando se procura que mantengan relaciones familiares sanas y libres de violencia.
Al final, este principio jurídico nos recuerda algo que, más allá de la ley, debería resultar natural: las decisiones de los adultos nunca deben comprometer el presente ni el futuro de quienes apenas comienzan a construir su proyecto de vida.
Comprender el interés superior de la niñez es comprender que el derecho familiar no tiene como finalidad decidir quién gana un conflicto. Su verdadero propósito es proteger a quienes merecen la mayor atención y cuidado de nuestra sociedad.Porque cuando se protege a la infancia, también se protege el futuro de todos.
